Novedades
27 junio 2024
 
Prórroga de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo
Con vigencia a partir de 28-6-2024 se ha publicado el RDL 4/2024 que prorroga determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
Fiscal
IVA
 
Con efectos desde 1-7-2024 se mantiene la rebaja del IVA de algunos alimentos:

Producto De 1-7-2024
a 30-9-2024
De 1-10-2024 
a 31-12-2024
Tipo (%) Recargo de equivalencia Tipo (%) Recargo de equivalencia
Pasta alimenticias y aceites de semilla 5% 0,62% 7,5% 1%
Alimentos de primera necesidad y aceite de oliva 0% 0% 2% 0,26%

A partir del 1-1-2025, el aceite de oliva se consolida como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4%.

 
IRPF

Con efectos desde 1-1-2024, las principales modificaciones son las siguientes:

  • Obligación de declarar. Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15.876 euros anuales, al no tener que tributar por este Impuesto respecto de tales rendimientos, a la vez que se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, que se fija en 7.302 euros anuales, decreciendo linealmente en dos tramos a medida en que aumenten los ingresos.
  • Actividades económicas. Se posibilita la libertad de amortización para determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga a los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica por el método de estimación objetiva.
  • Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. La aplicación de la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla se amplía durante 2024 a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.

IS

Se introducen las siguientes novedades, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024:

  • Libertad de amortización para determinados vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024 y 2025.
  • Se incrementa el porcentaje aplicable para el cálculo de la reserva de capitalización del 10% al 15%.
  • El tiempo de mantenimiento del incremento de los fondos propios y de indisponibilidad de la reserva que debe dotarse se reduce de 5 a 3 años.

Impuestos locales

Con el fin de mitigar los daños causados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja se prorrogan, para el ejercicio 2024, los siguientes beneficios fiscales:

  • IAE: reducción en la cuota a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados como consecuencia directa de los siniestros, siempre que haya sido necesario el realojo o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad.
  • IBI: exención en las cuotas que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, siempre que se acrediten determinadas circunstancias.
Laboral y Seguridad Social
En materia de empleo y Seguridad Social, se contemplan las siguientes medidas:

  • Despidos. Hasta el 31-12-2024, las empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en el RDL 4/2024 no podrán efectuar despidos objetivos, alegando como causa el aumento de los costes energéticos. Igualmente, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos. En ambos casos el incumplimiento de la obligación conllevará la devolución de las ayudas percibidas.
  • Aplazamiento de cuotas a la SS. Se establece, nuevamente, la posibilidad de solicitar aplazamientos de las cuotas a la SS por empresas y trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica producida en la isla de la Palma, para los meses de junio a noviembre de 2024, en el caso de empresas, y de julio a diciembre de 2024 en el caso de trabajadores autónomos.
  • Cese de actividad. Se prorroga 6 meses más, desde el 1-7-2024 hasta el 31-12-2024, la prestación por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia afectados por la erupción volcánica que vinieran percibiendo la prestación a 30-6-2024. 
  • ERTE. Se prorrogan hasta el 31-12-2024 los ERTE autorizados por la erupción volcánica en La Palma y la posibilidad de las empresas de acceder a las exenciones en la aportación empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta del 90%.
Medidas en materia energética
En materia de energía, para contrarrestar las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y el conflicto bélico de Oriente Próximo, se prorrogan las siguientes medidas:
 

  • Bono social electrónico. Se establecen los siguientes descuentos para los consumidores domésticos vulnerables:
Plazo Consumidor vulnerable Consumidor
vulnerable severo
De 1-7-2024 a 30-9-2024 65% 80%
De 1-10-2024 a 31-12-2024 57,5% 72,5%
De 1-1-2025 a 31-3-2025 50% 65%
De 1-4-2025 a 30-6-2025 42,5% 57,5%
  • Suministro de agua y energía a consumidores vulnerables. La prohibición de suspender el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social se prorroga hasta 31-12-2024.
  • Contratos de suministro de energía eléctrica. La posibilidad de solicitar un cambio de potencias contratadas por autónomos y empresas se prorroga hasta 31-12-2024.
  • Industria electrointensiva. Se prorroga hasta el 31-12-2024 el mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.
Ayudas y subvenciones
Período 13-6-2024 a 27-6-2024
 
Se han publicado ayudas y subvenciones para pymes y autónomos en:

  • Estado.
  • CCAA: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Melilla, Murcia y País Vasco.
  • Provincias: A Coruña, Badajoz, Barcelona, Bizkaia, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Córdoba, Fuerteventura, Girona, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Málaga, Mallorca, Pontevedra, Sevilla, Soria, Tenerife, Valencia y Valladolid.

 

 
 

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