Como en años anteriores, el plazo de acreditación de la vivencia abarca desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2024. Los pensionistas podrán realizar este trámite por los medios habituales, esto es, enviando el documento original de su Fe de Vida a la Dirección Provincial que gestiona su pensión, o bien compareciendo en persona o por videoconferencia ante la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España con sede en determinados países.
No obstante, podrán utilizar también este año la nueva aplicación ‘Vivess’ para acreditar su vivencia. Esta ‘app’, basada en el reconocimiento facial, se encuentra ya disponible para su descarga de forma gratuita en la plataforma de aplicaciones móviles Google Play para Android o en la ‘App Store’ para iOS.
Una vez instalada, los pensionistas interesados podrán registrarse para realizar el trámite de acreditación de la vivencia a partir del 1 de enero de 2024 sin necesidad de realizar ningún desplazamiento ni envío postal.
Este trámite está destinado exclusivamente a los pensionistas que residen en el extranjero, alrededor de 100.000. El INSS les informará del lanzamiento de esta nueva ‘app’ a través de una carta y de un tríptico que explica su funcionamiento, con enlaces para poder descargarla y visualizar un video tutorial.
Esta campaña divulgativa se completará con el envío de carteles informativos para su colocación en las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España.
Para el registro en la ‘app’, los pensionistas podrán identificarse con el DNI o NIE español o con el número de su expediente, que figurará en las cartas remitidas a los interesados para informar del lanzamiento de esta ‘app’.
Desde el Ministerio destacan que esta aplicación móvil es un sistema «seguro y fiable» que permite, además, confirmar el proceso inmediatamente con un justificante de la acreditación de la vivencia. Días después de realizado el trámite, los usuarios recibirán en la ‘app’ una certificación del INSS acreditativa de haber cumplido este trámite.
App para pensionistas residentes en el extranjero (elderecho.com)