El caso
Supuesto de hecho
Apertura de juicio oral ante el juzgado de lo penal por un delito de fraude relativo al pago de la última cuota restante en una operación de compraventa de vivienda. Doña Margarita intervino en el proceso de pago pactado aprovechando su condición de empleada de la inmobiliaria beneficiaria para instar a la afectada a realizar un ingreso de 113.200€ a una cuenta bancaria diferente a la que se había establecido para los pagos anteriores y este último.
Doña Carla exige la devolución de la cantidad demandada más intereses legales para cubrir las responsabilidades derivadas del delito y pena de 8 años de prisión y 24 meses multa, así como el pago de las costas procesales incluidas las de acusación privada.
Se pide de manera expresa por el demandante la intervención de la Brigada de Intervención Tecnológica para conocer la identidad y datos necesarios del titular de la cuenta beneficiada por incurrir en phishing.
Queda dictada la sentencia considerando a la acusada responsable de un delito de estafa con pena de tres años y seis meses de prisión, y una multa de nueve meses con una cuota día de seis euros. Además de la indemnización en la cantidad de 113.200€ por los perjuicios causados más los intereses legales.
Objetivo. Cuestión planteada.
Exige la devolución de la cantidad demandada más intereses legales para cubrir las responsabilidades derivadas del delito y pena de 8 años de prisión y 24 meses multa, así como el pago de las costas procesales incluidas las de acusación privada.
La estrategia. Solución propuesta.
Presentar denuncia por estafa informática y blanqueo de capitales (phishing), haciendo las alegaciones pertinentes y aportando las pruebas necesarias al efecto.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción
- Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado
- Fecha de inicio del procedimiento: 01-07-2021
Partes
Parte denunciante:
Doña Carla.
Parte denunciada:
Doña Margarita.
Peticiones realizadas
Parte denunciante:
Exige la devolución de la cantidad demandada más intereses legales para cubrir las responsabilidades derivadas del delito y pena de 8 años de prisión y 24 meses multa, así como el pago de las costas procesales incluidas las de acusación privada.
Parte denunciada:
Que se absuelva a Doña Margarita de los cargos contra ella.
Argumentos
Parte denunciante:
Doña Margarita intervino en el proceso de pago pactado aprovechando su condición de empleada de la inmobiliaria beneficiaria para instar a la afectada a realizar un ingreso de 113.200€ a una cuenta bancaria diferente a la que se había establecido para los pagos anteriores y este último.
Parte denunciada:
Doña Margarita no ha participado en ningún tipo de maniobra que determinara la disposición efectuada por la víctima.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
1.- Contrato compraventa.
2.- Denuncia.
Prueba
Documental.
Estructura procesal
El 8 de mayo de 2019, Doña Carla presenta denuncia por estafa informática y blanqueo de capitales (phishing). El 1 de julio de 2021 se dicta sentencia contra la que se presenta recurso de apelación. Finalmente, el 27 de enero de 2022 se dicta sentencia.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 27-01-2022
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
«Que DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS a la acusada xxxxxxxxxxxxx como criminalmente responsable en concepto de autora de un delito de ESTAFA, anteriormente definido y sin concurrencia de circunstancia modificativa alguna de la responsabilidad criminal, a la pena de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, Y UNA MULTA DE NUEVE MESES, con una cuota día de seis Euros, con una responsabilidad personal de un día por cada dos cuotas impagadas, en el medio de la pena legalmente establecida, y a la inhabilitación especial pare el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Se imponen a la condenada las costas procesales ocasionadas durante la tramitación de esta causa, en las que se incluyen las irrogadas a la acusación particular.
En vía de responsabilidad civil el acusado deberá indemnizar a xxxxxxxxxx, en la cantidad de 113.200 Euros por los perjuicios causados, más los intereses legales con el interés legal del artículo 576 de la L.E.C.»
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El día 15 de enero de 2019 la compradora recibió en su cuenta de correo uno procedente de la dirección de correo, el que el emisor, haciéndose pasar por el jefe de ventas de la vendedora, le indicó que el último pago no se hiciese en la cuenta en la que habían venido haciéndose, sino en la cuenta, cosa que hizo la compradora, transfiriéndose a la cuenta dicha la cantidad de 113.200 Euros, resto del precio de la compra.
El día señalado para la firma de la escritura, se percataron los contratantes de la maniobra antes dicha.
La titular de la cuenta donde se ingresó el dinero era la acusada ya circunstanciada y sin antecedentes penales, que era conocedora que se iba a efectuar el ingreso, pues había entregado a una persona, no habida y de la que pocos datos identificativos ofreció a pesar de sostener que era su pareja, el número de la cuenta y que efectuó personalmente por cajero, una vez ingresada la transferencia, un reintegro de 12.000 Euros, efectuando posteriormente de manera telemática transferencias por el resto del dinero a diferentes cuentas de distintos titulares, desapareciendo así el dinero.
Segunda instancia
Resolución judicial del recurso