Rebus sic stantibus: un Juzgado rechaza la solicitud de la arrendataria de suspender el pago de la renta ante un rebrote COVID
El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Tarragona, en base a la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus, ha declarado en su Auto de 13 de diciembre de 2020 que, cautelarmente, la arrendadora no podrá interponer frente a la arrendataria una acción de desahucio o de reclamación por impago de rentas, ni tampoco podrá solicitar su inclusión en ningún registro de morosos… Leer más
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